¿Cuáles son las normativas para circular con tu patinete eléctrico?¿Aún no las conoces?

Los usuarios de este sector parecen confundidos acerca de las normas vigentes

En este lugar encontrarás toda la información acerca de las normativas vigentes para poder circular con tu patinete eléctrico.

La mayor batería de normativas traídas por la DGT para la regulación de los patinetes eléctricos fue a partir del 2 de enero de 2021. Se establecieron 4 principales novedades:

 1. La velocidad máxima permitida para los patinetes eléctricos será de 25 km/h. También será necesario presentar una ficha técnica del patinete, donde se demuestre el certificado CE para que el patinete cumpla las normas con sus especificaciones de fabricante.

2. Queda prohibido circular con patinetes eléctricos por las aceras y zonas peatonales. Además, tampoco se podrá circular por vías interurbanas, travesías, autovías, autopistas o túneles urbanos que estén comunicadas con poblaciones.

3. Seguirá estando prohibido transportar a una persona en el patinete como pasajero, ya que se trata de un vehículo uni-plaza.

4. Aunque no está claro aún, será obligatorio un certificado de circulación.

También vamos a mencionar otros aspectos importantes sobre las normativas de los patinetes eléctricos que son desconocidas y crean confusiones entre los usuarios de la vía en Almería:

  • No es obligatorio tener contratado un seguro para tu patinete, pero es recomendable. En caso de cualquier accidente en el que te veas involucrado con tu patinete y este cause algún daño físico o material a otra persona u otro vehículo, un seguro te cubrirá de cualquier daño causado.
  • No es obligatorio llevar casco, ni guantes o chaleco al circular en un patinete eléctrico (eso depende de cada comunidad autónoma). Esta normativa sólo está vigente para vehículos matriculables, no para VMP.
  • Es obligatorio disponer de un sistema de frenado, un dispositivo de advertencia acústica (timbre), luces y dispositivos reflectantes traseros y delanteros. Sanciones.
  • Conducir en patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol y otras drogas puede acarrear una multa entre 500 y 1.000 € en función de la tasa de alcohol o de 1.000 € si se trata de drogas. En caso de dar positivo, además, el vehículo quedará inmovilizado, tal y como ocurre con el resto de vehículos.
  • Por usar el teléfono móvil mientras conduce un patinete o cualquier otro dispositivo de comunicación, la multa será de 200 €. La misma cantidad deberán pagar quienes lleven auriculares; si conduce durante la noche sin alumbrado o prendas reflectantes y si no llevan casco, si la ordenanza municipal contempla esta medida como obligatoria. 

 


 

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